lunes, 1 de diciembre de 2014

Estación 3: MIS DEBERES Y DERECHOS COMO APRENDIZ SENA

Descripción de la actividad:

A continuación, se mostrarán 4 situaciones de la vida cotidiana del Aprendiz SENA que se presentan frecuentemente en su entorno de formación. A partir de la lectura del Reglamento del Aprendiz, disponible en la sección de Material de Apoyo, usted deberá seleccionar dos de las situaciones expuestas y resolver el problema planteado según los lineamientos indicados en el reglamento. Haga clic sobre los casos para ver su descripción:

Descripción caso 1:

Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le hace a la misma.
Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada,  pero el jefe de mantenimiento le solicita que presente el carné personal que lo acredita como aprendiz SENA.
Federico manifiesta que nunca ha tenido carné y que en dos  oportunidades se lo ha solicitado a la líder de bienestar, ella le explicado que los carnes son para los aprendices de la modalidad presencial.

Análisis del caso

De acuerdo con el Reglamento de Aprendices en lo que respecta a los derechos, proporcione  una respuesta argumentada a los siguientes cuestionamientos:

1. ¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se basaría?
Federico debe saber que existe un reglamento que nos respalda en todo momento y como aprendices  tenemos derechos y deberes que cumplir.

ARTÍCULO 7 se establece que: El derecho es la potestad que tiene el aprendiz de gozar de libertades y oportunidades sin exclusión por razones de género, raza, origen familiar, discapacidad, nacionalidad, lengua, religión, opinión política o filosófica. Principalmente todas las personas tienen derecho a  la educación y al desarrollo de su personalidad, garantizando a su vez, su desarrollo armónico e integral.  
Durante el proceso de aprendizaje, el aprendiz tiene derecho a:

4. Recibir  en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz del SENA.

De igual manera, es deber del aprendiz:

ARTÍCULO 9°. Se entiende por deber, la obligación legal, social y moral que compromete a la persona a cumplir con determinada actuación, asumiendo con responsabilidad todos sus actos, para propiciar la armonía, el respeto, la integración, el bienestar común, la sana convivencia, el servicio a los demás, la seguridad de las personas y de los bienes de la institución.

Durante el proceso de ejecución de la formación, el aprendiz debe:

14. Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como Aprendiz SENA, durante su proceso de aprendizaje, renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y devolverlo al finalizar el programa o cuando se presente retiro, aplazamiento o cancelación de la matrícula. En caso de pérdida de carné,  el aprendiz debe formular la denuncia correspondiente, tramitar el duplicado y cancelar el valor respectivo con base en la normatividad dada por Dirección General.

2. En relación con el líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué.

La respuesta que da el líder de bienestar a Federico es equivocada, porque según el ARTÍCULO 3. Se considera aprendiz SENA a toda  persona matriculada en los programas de  formación profesional de la entidad, en cualquier tipo de formación: Titulada o Complementaria, desde las diferentes modalidades Presencial, Virtual o Combinada, por consiguiente debe ser consciente y vivenciar que derechos y deberes son correlativos e inseparables en su proceso formativo.

Descripción caso 2:

Nicolás es un aprendiz del programa de Tecnología en Multimedia, desde el inicio de su formación hace tres meses y medio, ha sido muy dedicado y cuidadoso en realizar las actividades de formación que le han planteado sus tutores en la guías de aprendizaje. Nicolás desea recibir la retroalimentación correspondiente de los trabajos presentados para conocer cómo le ha ido a lo largo de su proceso.
Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha retroalimentación, este le responde: “Usted debe saber cómo va, para eso hizo las actividades”. Nicolás está muy preocupado porque teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le ha comentado que solo estará en el SENA por dos meses más, porque debe irse para otra región a encontrarse con su familia.
Nicolás decide de manera respetuosa solicitar por escrito los juicios de evaluación de sus evidencias y quiere hacerlo  cumpliendo con la normatividad del SENA.

Análisis del caso

      De acuerdo con la intención de Nicolás debe hacer una solicitud para recibir los juicios de evaluación de las evidencias presentadas ¿En qué capítulo, artículo e ítem del Reglamento de Aprendices, se debe amparar Nicolás para hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?

CAPITULO VII: PROCESO DE FORMACIÓN, INCUMPLIMIENTO, DESERCIÓN

ARTICULO 22. Participación y Cumplimiento. El Aprendiz SENA, como gestor principal de su proceso de formación debe participar de manera activa y oportuna en las diferentes actividades, presenciales y/o virtuales, que conforman la ruta de aprendizaje. Los procesos de formación en el SENA promueven la responsabilidad de cada Aprendiz en la gestión de su proceso de aprendizaje, facilitando su acceso a diversas fuentes de conocimiento. De acuerdo con lo concertado entre el Instructor –Tutor y el Aprendiz, se evaluará el cumplimiento o no de las actividades de aprendizaje de la ruta de aprendizaje, así:

ÍTEM: 3. Revisión de los Resultados de Evaluación: El instructor debe analizar el avance del proceso de formación, identificando con el aprendiz sus logros y dificultades, retroalimentando de manera permanente y ajustando las estrategias desarrolladas, en los casos que se requiera. En caso de que el aprendiz no logre el resultado de aprendizaje, el instructor programa y realiza actividades pedagógicas complementarias.

El Aprendiz que esté en desacuerdo con la evaluación de su formación emitida por el Instructor, podrá ejercer el derecho a que se le revisen los resultados, siguiendo el procedimiento:
 Presentar solicitud de forma escrita al  instructor y a través del sistema de gestión de la formación, para la revisión por el Instructor, orientador del proceso de aprendizaje que emitió la evaluación, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la publicación o entrega de la  misma, argumentando los fundamentos del desacuerdo.
·         Esta solicitud debe ser contestada por el instructor, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de presentación por parte del Aprendiz.
     Si la solicitud no es contestada dentro del término anterior, o si persiste el desacuerdo con la  respuesta recibida, el aprendiz podrá solicitar mediante escrito dirigido al Coordinador Académico o rol correspondiente a la modalidad del programa de formación, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, la asignación de un segundo evaluador que revise la evaluación realizada inicialmente; la decisión del segundo evaluador es definitiva para la evaluación del Aprendiz y debe ser emitida a más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud presentada por el Aprendiz.